domingo, 26 de febrero de 2012


          LOS VERICUETOS JURIDICOS DE “ LA CASA DEL JUBILADO” EN MEXICALI

 Por Miguel Gamiño Moreno
A raíz del desconocimiento del Profr. Héctor Manuel Lara Moreno como Srio. Gral. De la Sección 37 del SNTE, por orden suprema de la Sra. Elba Esther Gordillo; nuestra Delegación de Jubilados y Pensionados así como miles de maestros en servicio activo en todo el Estado de Baja Cfa. dimos un ejemplo de civilidad al apoyar de manera firme y contundente la legitimidad del acosado y vilipendiado Héctor Manuel que estoicamente tuvo que soportar la tenaz persecución de la (en ese tiempo muy poderosa ) Gordillo Morales, que seguramente se festinó conjuntamente con sus compinches, haber encarcelado a nuestro líder; en esta circunstancia y otras muchas más, nació el SETE BC, actualmente con recursos económicos propios y con reconocimiento Estatal y Federal como único e independientemente Sindicato de Trabajadores de la Educación como registro y toma de nota en Baja California.
Tocó al Profr. Jesús Manuel Olivas estar en funciones como Secretario General de la Delegación de Jubilados y Pensionados en Mexicali, el fue nuestro coordinador para apoyar a Lara Moreno y posteriormente separarnos del SNTE y de su explotadora líder vitalicia.
Los edificios sindicales estaban en resguardo del Srio. Gral. legítimo, Héctor Manuel Lara, ninguna autoridad intentó tomar por la fuerza esos predios; para  todos  ya del SETE  o del  SNTE, había paso libre; en el caso de pensionados y jubilados convivíamos en un predio de 5,000 m2 en el Fracc. Cataviña adjudicado por el Gobierno del Estado de Baja Cfa. al SNTE,( muchos años antes de nuestra separación ), ésta adjudicación  tuvo la calidad de COMODATO algo así como un préstamo por tiempo indefinido, en condición de POSESIONARIO no propietario pues el comodato es préstamo en posesión y no donación; podríamos deducir que edificar en terreno ajeno, en un pleito jurídico  el propietario legítimo siempre gana y el posesionario siempre pierde y en ocasiones hasta los calzones.
En la Casa del Jubilado en Mexicali no había diferencia de quien era de SETE o del SNTE, allí todos cobrábamos nuestra mesada y se organizaban eventos sociales y culturales de manera general, ya para entonces el Pastel y otros edificios sindicales de Tijuana y Ensenada fueron tomados de manera violenta por Gregorio Carranza y su escuadrón de porros; los jubilados adheridos  al SNTE se asilaron en el PASTEL y al poco tiempo el ISSSTECALI seleccionó un lugar neutral para pagar las mesadas, los del SETE nos quedamos en la  CASA DEL JUBILADO pues teníamos años como posesionarios pagando puntualmente los servicios públicos ( agua, luz, predial, etc.).
 Ya separados sindicalmente, Goyo y secuaces urdieron y planearon la toma violenta de la Casa del Jubilado, el asalto se cometió el 26 de Dic. del 2010 por una banda de porros, fue de manera furtiva, por la noche rompieron puertas de entrada y encadenaron todos los accesos.
 Por la mañana se hizo responsable de la acción el Profr. Salvador Contreras Mora que consideró que su acción era para rescatar la Casa del Jubilado propiedad de ellos, los del SNTE.
 Se le dijo que su proceder era equivocado y que había cometido un despojo de manera violenta, quebrantando la ley y el derecho; que diera por  hecho una demanda penal en su contra y también para Gregorio Carranza como instigador y promotor.
 La situación penal en Febrero del 2012, es la siguiente :
(A)    Gregorio Carranza sigue impune por su carácter de Diputado con fuero.
(B)     Salvador Contreras fue turnado por el Fiscal de la Procuraduría a un Juez Penal, goza de libertad a condición de estar firmando cada semana en el Ministerio Público; el 5 de Marzo próximo el Juez podría encarcelarlo de 3 a 5 años de prisión por el delito de despojo con violencia .
Para el caso concreto de la Casa del Jubilado de Mexicali, se entabló demanda jurídica contra la Sección 37 del SNTE, la parte demandante fuimos la Delegación de Jubilados y Pensionados del SETE, el Juez 3ero. de lo Civil  clasificó el juicio con el expediente 0021/2011, y con fecha 25 de Agosto el Juez 3ero. dictó sentencia definitiva:
1.       Declara IMPROCEDENTE nuestra petición de recuperar la posesión de la Casa del Jubilado.
2.       Se condena a los Jubilados del SETE a pagar a favor del SNTE, Sección 37 GASTOS Y COSTAS originados por el juicio.
3.       Este juicio lo perdimos…….pero interpusimos una demanda de apelación ante el H. TRIBUNAL DE JUSTICIA EN EL EDO. DE B. CFA; impugnando la SENTENCIA DEFINITIVA  del Juez 3ero. de lo Civil.
4.       El Tribunal de Justicia dio entrada a nuestra demanda de apelación con el expediente 1363/2011.
Después de una serie de  audiencias y presentación de pruebas, documentos y testigos de ambas partes (SETE- SNTE) el H. Tribunal de Justicia del Estado  RESUELVE:
1.       Se declaran fundadas los agravios hechos valer por el apelante ( Jubilados SETE )
2.       Se REVOCA en Apelación la Sentencia  DEFINITIVA  de fecha 25 de Agosto del 2011 dictada por el Juez 3ero. de lo Civil.
3.       Jubilados y pensionados del SETE recuperan la posesión del predio del Fracc. Cataviña ordenando al SNTE Sección 37 la restitución y entrega física del predio, en término de 5 días contados a partir de que se cumpla voluntariamente con la presente resolución.
4.       Se condena al SNTE Sección 37, el pago de los gastos y costas que se hayan generado en el presente juicio.
Este Juicio lo ganamos totalmente los Jubilados del SETE, ahora falta la entrega física del predio; si no lo han hecho, seguramente se habrán  AMPARADO  ANTE UN CIRCUITO FEDERAL…
 ¡ La razón y la justicia, siempre vencerá a la fuerza bruta!

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